Buenos Aires 7 de marzo de 2025
El INPI argentino rechaza solicitudes de patente sobre el medicamento Lenacapavir que había sido declarado como “la innovación del año” por la revista Science. La empresa Gilead no logró dar respuesta a las observaciones planteadas en los “Llamados de Atención” por terceros interesados, tal como el realizado por Fundación GEP, que dan cuenta de la falta de novedad y actividad inventiva del compuesto que se pretendía reivindicar para obtener el monopolio sobre la droga en Argentina. Recientemente el INPI rechazó la solicitud de patente AR109364A1 “Compuestos Antivirales” y la solicitud de patentes divisional AR115865A2 “Compuestos Terapéuticos” fue declarada abandonada. La Fundación GEP presentó en total 5 oposiciones a distintas solicitudes sobre Lenacapavir. En el expediente 20170102299 (AR109364A1) se denegó la solicitud de Gilead tomando como fundamentos clave para el rechazo los argumentos y pruebas presentados por la Fundación GEP: “...Con fecha 19/5/2022 se presenta un nuevo llamado de atención dónde se describen los documentos D1: WO2014134566 equivalente a US 20140303164 , citado en el llamado de atención del 5/6/2020 llegando a la misma conclusión que los compuestos Ia y Ib están comprendidos en el documento WO 2014134566 y por lo tanto no son nuevos lesionando el art.4 de la ley 24481 y modificatorias. También hace referencia al documento D2 WO 2016033243 dónde los compuestos reivindicados se encuentran comprendidos en la fórmula I. Concluye que los compuestos Ia/Ib y IIa/IIb se encuentran revelados en D1 y D2. Realiza observaciones respecto de los compuestos intermediarios considerándolos no inventivos en virtud del documento D1 WO 2014134566. El compuesto solicitado es Lenacapavir. Por lo tanto se concluye que los compuestos reivindicados Ia/Ib,IIa/IIb y reivindicaciones subordinadas no son nuevos y lesionan el art.4 de la ley 24481 y modificatorias…” reza la resolución del INPI argentino. El monopolio pretendido por Gilead podría dejar sin acceso a este medicamento a miles de personas. Lenacapavir es usado para tratar VIH resistente como así mismo ha sido muy promocionado durante 2024 como una solución efectiva para prevenir la transmisión del VIH a personas seronegativas mediante una inyección cada 6 meses, luego de que la compañía que lo comercializa publicara los resultados de ensayos clínicos que demostraron una efectividad en evitar la transmisión del VIH de más del 96%. “La resolución adoptada por la Oficina de Patentes en nuestro país demuestra que las guías de patentabilidad como las oposiciones a patentes son instrumentos efectivos y más vigentes que nunca para prevenir el otorgamiento de patentes que no traen real innovaciónen los términos requeridos por el ADPIC. Recomendamos a los países y organizaciones con trabajo en acceso a tecnologías médicas que prioricen la adopción y uso de estos instrumentos en sus territorios” expresó Lorena Di Giano, Directora Ejecutiva de Fundación GEP. Sin ir más lejos, en la región se ha intentado solicitar a Gilead la emisión de licencias voluntarias para el medicamento, estrategia que desde GEP rechazamos “las licencias voluntarias, además de ser una estrategia de comercialización y control del suministro por parte de las corporaciones, legalizan de hecho una propiedad intelectual que no cumple con los requisitos de la ley, tal como se ha demostrado en la Oficina de Patentes Argentina” dice Lorena Di Giano. “Es vital frenar los abusos del sistema de patentes que hacen las compañías farmacéuticas como estrategias de monopolización ahora además disfrazado del más importante avance científico”, agrega Jose María Di Bello, de la Comisión Directiva de la Fundación. “El comportamiento de la empresa Gilead es un claro ejemplo de cómo las compañías farmacéuticas no tienen escrúpulos a la hora de monopolizar el acceso a medicamentos vitales. A través de un lobby agresivo y manipulador, Gilead ha intentado crear una gigantesca demanda artificial sobre Lenacapavir, movilizando tanto a las comunidades afectadas por el VIH como a la comunidad científico-académica, además de la incidencia hecha a nivel de la OMS, al tiempo que busca asegurar patentes en todo el mundo para obtener monopolios que les permitan imponer precios exorbitantes y excluyentes” continuó José María Di Bello. El rechazo por parte de la Oficina argentina abre un nuevo escenario sobre la disponibilidad y el acceso a Lenacapavir, que como un estudio liderado por Andrew Hill publicado en 2024 han señalado, puede ser producida por 40 dólares. Gilead comercializa esta droga a USD 44.000 (por persona por año). América Latina ha demostrado tener capacidad de producción de medicamentos, y en algunos países como Argentina o Brasil hay iniciativas de producción pública de medicamentos; éstos países -12 en total en la región- son excluidos de la licencia voluntaria de Gilead por ser de renta media, a pesar de significar más de 2 millones de personas con VIH, y que tanto Argentina, como Brasil, México y Perú participaron de los ensayos clínicos, y que, como señala la Declaración de Helsinki debieran poder acceder a los beneficios del ensayo al cual contribuyeron. “Esta es una victoria a favor de la Salud Pública. En países excluidos de las licencias voluntarias como es el caso de todos los países de Sudamérica, incluida Argentina, es fundamental que pongamos esfuerzos desde la comunidad organizada, pero también desde los gobiernos, en adoptar y usar instrumentos efectivos para frenar el abuso de las compañías farmacéuticas. Máxime si contamos con capacidad local para producir.” expresó enfáticamente Lorena Di Giano. Desde Fundación GEP hemos presentado 29 oposiciones a solicitudes de patentes sobre drogas para tratar el VIH, la Hepatitis C, el cáncer de mama, la tuberculosis como así también vacunas y tratamientos para el COVID 19. Dieciséis de estas patentes han sido rechazadas o desistidas por no cumplir con los requisitos de patentabilidad: “El impacto del rechazo de las patentes para las combinaciones con tenofovir (TDF) resultó en un ahorro millonario para el Estado”, dice Jose Maria Di Bello. De acuerdo con nuestro Observatorio de Acceso a Medicamentos, el impacto en las compras públicas sólo de las combinaciones con Tenofovir fue de 525 millones de dólares entre 2015 y 2023. La presentación de oposiciones es una línea estratégica fundamental del Programa de Acceso a la Salud de Fundación GEP, que permite prevenir y remover barreras que genera la propiedad intelectual, promover la producción local y el acceso universal a tratamientos a precios asequibles.
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El pasado jueves 27 de febrero se llevó a cabo el conversatorio "Licencias obligatorias y acceso a medicamentos: reflexiones a partir del caso Dolutegravir", en el marco del Congreso Global de Propiedad Intelectual, donde se debatió ampliamente el papel de las licencias obligatorias en la garantía del derecho a la salud a nivel mundial. Este espacio de análisis se dio en el contexto de la primera compra de este medicamento bajo licencia obligatoria en Colombia. Organizado en colaboración con el Centro ISUR de la Universidad del Rosario, IFARMA y Misión Salud, el evento permitió discutir los desafíos contemporáneos en el acceso a medicamentos y el equilibrio entre la salud pública y los derechos de propiedad intelectual.
El evento inició con las palabras de bienvenida del Dr. Julio César Gaitán, profesor titular de la Universidad del Rosario, y la decana de la Facultad de Jurisprudencia de la misma institución. Ambos destacaron la articulación en tre IFARMA, el Centro ISUR y ortras organizaciones en el marco del Congreso Global de Propieda Intelectual, subrayando la importancia de estos espacios de diálogo para fortalecer el acceso equitativo a los medicamentos. Un espacio de reflexión y aprendizaje Durante la jornada, se intercambiaron perspectivas sobre la relación entre el acceso a medicamentos, los derechos de propiedad intelectual y el derecho a acceder al conocimiento y los frutos de la ciencia. Este debate se dio en un contexto donde la implementación de licencias obligatorias ha sido clave para la política pública de salud en diferentes países. Uno de los momentos más significativos del evento fue el homenaje a Tatiana Andia y Germán Holguín, quienes dejaron un valioso legado en la lucha por el acceso a medicamentos asequibles. Contexto y desafíos de la licencia obligatoria del Dolutegravir La Superintendente Delegada para la Propiedad Industrial, Pilar María Goyeneche Carvajal, realizó un recuento de los antecedentes de la licencia obligatoria del Dolutegravir y de experiencias similares en Brasil y Ecuador. Se destacó cómo, a pesar de las presiones judiciales y políticas en contra, la Dirección de Medicamentos del Ministerio de Salud impulsó el proceso con firmeza. El Dr. Francisco Rossi, Director General del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), resaltó la importancia del evento como un primer espacio público para celebrar la llegada del Dolutegravir bajo este mecanismo. En ese sentido, se enfatizó que las licencias obligatorias son una herramienta legítima para garantizar el acceso a medicamentos esenciales. El Dr. Carlos Correa, experto en propiedad intelectual y Director Ejecutivo del Centro del Sur, explicó que las patentes no son un derecho natural, sino una decisión de la sociedad para fomentar la innovación. Recordó que países como Estados Unidos han sido históricamente los mayores emisores de licencias obligatorias y que casi todos los países han incorporado este mecanismo en su legislación como una herramienta de política pública. Además, destacó la necesidad de que los países en desarrollo fortalezcan su capacidad técnica y regulatoria para implementar licencias obligatorias sin interferencias indebidas de la industria farmacéutica. Subrayó que este mecanismo ha sido fundamental en la reducción de costos de medicamentos esenciales y que su uso debe normalizarse como parte de una estrategia de salud pública global. Correa también hizo énfasis en que, para lograr un acceso equitativo a los tratamientos esenciales, es necesario que los gobiernos refuercen sus marcos normativos y adopten un enfoque más proactivo en la defensa del derecho a la salud. Barreras y retos para el uso de licencias obligatorias En la mesa de discusión, moderada por Rafael Tamayo de ISUR (Centro de Internet y Sociedad) de la Universidad del Rosario, Juliana López, directora de la Fundación IFARMA, destacó que una de las principales barreras para el uso de estos mecanismos es la falta de conocimiento en la sociedad civil y las organizaciones comunitarias. Subrayó la importancia de estrategias educomunicativas para empoderar a las comunidades en la defensa de su derecho a la salud. También recordó el papel histórico de IFARMA en la incidencia técnica y política en favor del uso de licencias obligatorias en casos como Kaletra, Imatinib, antivirales de acción directa y Dolutegravir. Por su parte, José Manuel Álvarez, docente de la Universidad Externado de Colombia señaló que, aunque se logren avances jurídicos en la materia, los cambios en la política pueden obstaculizar la implementación de estos derechos. Asimismo, Óscar Lizarazo, de la Universidad Nacional de Colombia, enfatizó que el éxito de la licencia obligatoria del Dolutegravir en Colombia fue posible gracias a la articulación entre el Ministerio de Salud, la Superintendencia de Industria y Comercio y el gobierno nacional. Agregó que, en comparación con procesos anteriores, los 18 meses que tomó este caso representan un avance significativo en términos de rapidez. Finalmente, Lizarazo advirtió sobre la necesidad de no perder de vista otras herramientas clave, como los criterios de evaluación de patentes, para seguir garantizando el acceso a medicamentos esenciales. Reflexión final El conversatorio reafirmó que las licencias obligatorias son un instrumento legítimo y necesario para proteger la salud pública. Colombia, al igual que muchos otros países, debe continuar utilizando estos mecanismos sin temor y fortaleciendo su marco regulatorio para garantizar que el acceso a los medicamentos sea un derecho efectivo para toda la población. Desde IFARMA, bajo la dirección de Juliana López, continuaremos promoviendo el debate informado y la incidencia en políticas públicas para asegurar que la salud prevalezca sobre los intereses comerciales. Este evento marca un hito importante en la lucha por el acceso equitativo a los tratamientos esenciales y nos motiva a seguir avanzando en esta dirección. En un hito significativo para la salud pública, el presidente Gustavo Petro anunció el 13 de febrero, a través de X, la llegada del dolutegravir a Colombia. Este medicamento esencial en la lucha contra el VIH ha sido adquirido en el marco de la primera licencia obligatoria para un fármaco en el país. Este avance representa una gran oportunidad para mejorar la calidad de vida de miles de personas que viven con esta condición en el territorio colombiano y que forman parte de las poblaciones priorizadas para este mecanismo:
El dolutegravir es un antirretroviral altamente eficaz que ha demostrado ser seguro y efectivo en el tratamiento del VIH. La emisión y materialización de su licencia obligatoria no solo facilita el acceso a este tratamiento, recomendado por la OMS y por la Guía de Práctica Clínica vigente en el país, sino que también marca un paso decisivo hacia la eliminación del estigma asociado al VIH y contribuye al cumplimiento de las metas nacionales en materia de diagnóstico, tratamiento y reducción de la carga viral. Le puede interesar: Primera licencia obligatoria para un medicamento en Colombia: Momento histórico para el país y el movimiento global por el acceso a los medicamentos Según la nota de prensa del Ministerio de Salud que anuncia la llegada del medicamento:
Honramos y reconocemos el esfuerzo del Gobierno Nacional, así como el de tantas personas y organizaciones en Colombia, la región y el mundo, que han trabajado incansablemente para hacer realidad la utilización de las salvaguardas de salud pública contempladas en la normativa internacional de propiedad intelectual. Este avance permite a Colombia optimizar el uso de los recursos públicos en salud y responder de manera más efectiva a la prevalencia e incidencia del VIH. Este logro es un paso hacia una Colombia más saludable, inclusiva y libre de VIH. En el marco del Foro Económico Mundial en Davos, Suiza, la directora ejecutiva de ONUSIDA, Winnie Byanyima, hizo un contundente llamado a los gobiernos del mundo para que utilicen las licencias obligatorias como un mecanismo efectivo de acceso a los medicamentos esenciales. Su discurso enfatizó la necesidad de desafiar el dominio de las patentes farmacéuticas para garantizar que los tratamientos contra el VIH lleguen a todas las personas que los necesitan.
Byanyima destacó el importante paso que dio Colombia al emitir una licencia obligatoria para el medicamento dolutegravir, utilizado en el tratamiento del VIH. Esta decisión permitió la producción y distribución del medicamento a un costo más accesible, demostrando que los países pueden ejercer su derecho a garantizar la salud pública por encima de los intereses de las farmacéuticas. Sin embargo, la directora de ONUSIDA también señaló que muchas naciones temen las represalias de la industria farmacéutica y de otros gobiernos al implementar este tipo de medidas. "Las empresas buscarán maximizar sus ganancias, pero los gobiernos deben priorizar la salud pública", enfatizó. En su intervención, Byanyima criticó duramente a la industria farmacéutica, denunciando la falta de equidad en el acceso a los medicamentos. "Es totalmente antiético que estas empresas utilicen la investigación pública, realicen ensayos clínicos en países en desarrollo, recojan y analicen datos con la colaboración de los pacientes, y luego privaticen las ganancias, negándoles el acceso a los mismos medicamentos que ayudaron a desarrollar", expresó. Además, resaltó el potencial de nuevas generaciones de tratamientos como lenacapavir y cabotegravir, que podrían contribuir significativamente a la erradicación del sida, siempre que los países de ingresos bajos y medianos puedan acceder a ellos. Este discurso refuerza la importancia de continuar luchando por la eliminación de barreras en el acceso a tratamientos esenciales y la necesidad de fortalecer las políticas públicas que garanticen el derecho a la salud de todas las personas, sin importar su condición económica o geográfica. Si desea ver el discurso completo d Winnie Byanyima, haga clic: https://www.weforum.org/meetings/world-economic-forum-annual-meeting-2025/sessions/a-long-term-cure-for-hiv/ La expedición de la Resolución No. 20049 de 2024, por parte de la Superintendente de Industria y Comercio, por medio de la cual se concede la primera licencia obligatoria por razones de interés público para un medicamento en el país es un hecho histórico, máxime en un contexto actual en el que se incrementa la presión tecnológica en el gasto farmacéutico con un enfoque en enfermedades crónicas y de alto costo; con desafíos socioeconómicos y epidemiológicos importantes fruto del cambio climático, el contexto político regional y global y los procesos migratorios y de refugio; con una agenda 2030 de desarrollo sostenible al frente; y con un aumento progresivo en los casos de VIH en el país y las registradas barreras de acceso a los medicamentos para su tratamiento.
Las licencias obligatorias son una salvaguarda de la salud pública consagrada en la normativa internacional para permitir a los países priorizar el derecho humano fundamental a la salud sobre la propiedad intelectual. En Colombia, la protección de la propiedad intelectual para los medicamentos esenciales ha estado en vigor desde 1994, y es solo hasta el 2024, treinta años después, que el Gobierno ejerce su derecho a utilizar esta salvaguarda para garantizar el acceso de la población colombiana, migrante y refugiada que vive con VIH al tratamiento recomendado como primera línea por la OMS desde 2019, y por la Guía de Práctica Clínica de Colombia para la atención de la infección por VIH/SIDA de 2021. El otorgamiento de la licencia obligatoria al Ministerio de Salud y Protección Social representa un avance significativo en la conciencia jurídica de las herramientas disponibles para que el Estado cumpla con su deber de proteger el derecho a la salud de la población. Además, demuestra coherencia institucional al abordar de manera responsable el mecanismo regulado en el Decreto 1074 de 2014, titulado "Procedimiento para la declaratoria de existencia de razones de interés público del artículo 65 de la decisión 486 de 2000", convirtiéndolo en una herramienta necesaria y útil para superar los desafíos epidemiológicos revelados por la sindemia actual, planteada por las pandemias de Covid-19, VIH y enfermedades crónicas, así como las endemias regionales de enfermedades como malaria, chagas y dengue, y los riesgos medioambientales. Se espera que la implementación de esta licencia obligatoria amplíe el acceso al dolutegravir para las personas que viven con VIH que lo necesitan. Según el análisis del Comité Técnico Interinstitucional creado para este proceso, "se estima que el tratamiento anual con dolutegravir por paciente, bajo el precio reportado en el SISMED, tendría un costo de COP$4.818.894 frente al ofrecido por la OPS con un costo anual de COP$173.893, lo que implica una diferencia de COP$4.645.001 con lo cual se podría atender a 27 personas más que con la molécula comercial". Este cambio de precio permitirá al país proporcionar el dolutegravir a todas las personas (adultes, adolescentes, niñes, mujeres gestantes) con diagnóstico de infección por VIH sin experiencia previa con antirretrovirales. Los tratamientos antirretrovirales basados en esta molécula tienen mejores resultados y menores efectos adversos para los pacientes. Además, al ser el Ministerio de Salud el encargado de adquirir directamente el medicamento, se podrá reducir significativamente el riesgo de escasez de dolutegravir, aumentando así su frecuencia de uso. El éxito del otorgamiento de esta primera licencia obligatoria en el país dependerá en gran medida de la colaboración de todos los actores, incluidas las farmacéuticas dueñas de la patente (ViiV Healthcare (ViiV), cuyos dueños son Pfizer, GlaxoSmithKline (GSK) y Shionogi; y SHIONOGI & CO., LTD.) así como AFIDRO, para poder seguir adelante sin traumatismos en la implementación de esta licencia obligatoria para uso gubernamental y así lograr llegar a todes les pacientes que lo necesitan, haciendo un uso eficiente de los recursos públicos limitados. Las multinacionales farmacéuticas objetan la decisión del gobierno de Colombia argumentando que perjudica los esfuerzos e inversiones en innovación. La experiencia de los países en desarrollo muestra que las innovaciones protegidas con propiedad intelectual, debido a sus altos precios, no benefician a sus poblaciones y amenazan la sostenibilidad de sus sistemas de salud. La experiencia vivida durante la pandemia de Covid-19 evidenció la inaceptable inequidad en la distribución de vacunas, así como el bloqueo a la transferencia de conocimiento y capacidades para abordar la crisis a nivel mundial. Las Licencias Obligatorias alivian el impacto de este modelo de innovación centrado en enfermedades negocio, pero solo beneficiosas para les más ricos, financiado por todes. Juliana Lopez, Directora de la Fundación IFARMA “Resaltamos el esfuerzo y la persistencia de quienes durante todos estos años han hecho parte de esta lucha. Sin las personas que fueron y son parte del movimiento que incide directa o indirectamente en este favorable hecho no estaríamos celebrando este hito en la historia del país, sin los fracasos anteriores no podríamos estar contando esta historia de éxito. Esta lucha por el acceso nos corresponde a todes, por ende, resaltamos el valor de la empatía como una forma de resistencia a la privatización de la salud y los monopolios farmacéuticos. ¡RESISTIMOS, PERSISTIMOS Y EXISTIMOS!”. Harold Silva, abogado de la Fundación IFARMA “Reconocemos que esta decisión administrativa es un gran avance en temas de acceso al derecho de la salud para las personas y la salud pública en general. Aunque hayan pasado 29 años para obtener la primera licencia obligatoria en Colombia, desde la entrada en vigor de los ADPIC, y 22 años desde la Declaración de la Cuarta Conferencia Ministerial, celebrada en Doha , nunca es tarde por parte de un Estado garantizar los derechos fundamentales a la salud y a la vida. Las actuaciones realizadas por parte del Ministerio de Comercio, el Ministerio de Salud y Protección Social, el Departamento Nacional de planeación, y finalmente la Superintendencia de Industria y Comercio, permiten evidenciar que los Estados Miembros de la OMC, si pueden hacer uso de las herramientas brindadas en normas internacionales y nacionales para garantizar el interés general de la población.” Finalmente, no podemos dejar de mencionar que confiamos en recibir pronto noticias igualmente favorables en términos de licenciamiento para nuestra solicitud de declaratoria de interés público a los antivirales de acción directa para el tratamiento de la hepatitis C con fines de licencia obligatoria, que radicamos ante el Ministerio de Salud hace ocho años y siete meses, en octubre del 2015, y que no ha tenido avances significativos desde junio del 2023. ¡Gracias a todes les que han contribuido al logro de este hito en el acceso a medicamentos que salvan vidas! Que honremos felices este momento y ¡seguimos adelante! Francisco Rossi. El 30 de octubre pasado, el tribunal decretó, como medida cautelar de urgencia, ordenar al Ministerio de Salud y al INVIMA, presentar en un plazo de 10 días un plan de respuesta a la crisis de desabastecimiento de medicamentos que se vive en Colombia.
Esta medida cautelar, hay que recordarlo, se tomó en respuesta a una acción popular presentada en 2019 y que la procuraduría ha considerado pertinente dar traslado precisamente por estos días. Procuraduría que ya completa más de un año con la tesis de que el desabastecimiento/escasez de medicamentos en el país es el resultado de una acción deliberada del gobierno en general y del Ministerio de salud y el INVIMA en particular, por generar una crisis en el sistema de salud para justificar la reforma que se tramita en el congreso. Tesis que se traduce en que el INVIMA demora los registros, y que el Ministerio no compra y distribuye los medicamentos que la gente necesita. Procuraduría que de manera reiterada produce anuncios en los medios de comunicación, repitiendo su tesis de corte político, pero que se resiste a comprender que el desabastecimiento/escasez de medicamentos, es una consecuencia estructural del hecho de que la producción se encuentra casi totalmente en el sector privado. No hay peor entendedor que el que no quiere entender que la decisión de producir o no, de aumentar o reducir la producción de cualquier medicamento, es el titular del registro sanitario, y que las competencias del Ministerio y del INVIMA no son ni producir ni distribuir ni siquiera incluso la de direccionar el mercado. A lo sumo definir incentivos. Y si algo no puede hacer un funcionario público es exceder sus competencias. En otros países, el Estado juega un papel relevante al adquirir medicamentos como gran comprador del sistema de salud. En ese escenario, los productores apuntan a competir por los productos que el Estado licita. Ese no es el sistema de salud de Colombia. En nuestro país, el Ministerio de salud no compra medicamentos, con excepciones minoritarias en los antiguos programas verticales y los productos de control especial. La procuraduría lo sabe, y sabe también que, buena parte de los problemas de desabastecimiento/escasez tienen que ver con la compleja red de contratos entre las EPS, las IPS y los operadores logísticos. Eso también los saben los actores que participan del sistema de salud y los productores, los operadores logísticos, los prescriptores y los profesionales de la salud. Y se lo han hecho saber tanto a los organismos de control como a los medios de comunicación. Pero al parecer hay prioridades, y la urgencia de desacreditar al gobierno y a su propuesta de reforma, exigen ignorar los hechos, la normatividad y la responsabilidad pública. Cuando así se juega con la institucionalidad, se corre el riesgo de caer en el ridículo, que es lo que ha pasado particularmente con la convocatoria a una audiencia de seguimiento previa al desacato, tanto al Ministerio de Salud como al INVIMA. En la providencia, extensamente difundida en medios de comunicación como es ya costumbre, se emplaza al Ministro de Salud y Protección Social, Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez y al Director general del INVIMA, Dr. Germán Velásquez Arango, a que comparezcan a explicar por que no han dado cumplimiento a la media cautelar. Es inexcusable para un magistrado del tribunal, que no sepa que el Dr Velásquez Arango no es el director del INVIMA. En la providencia, explica el magistrado que las respuestas, tanto del INVIMA como del Ministerio, cuestionan la medida cautelar en lugar de cumplirla. No podía ser de otra manera, dado que no tiene instrumentos legales para “asegurar la disponibilidad de los medicamentos y de los demás principios activos que presentan oferta insuficiente frente a las necesidades de la población”. Una orden confusa en la que se combinan inapropiadamente los términos, ya que todo medicamento tiene un principio activo y en la que se ignora por completo el funcionamiento del mercado de medicamentos y el papel de las EPS como intermediarios entre los proveedores de medicamentos y las IPS. Una orden que no se puede cumplir sin exceder las funciones y competencias del Ministerio y el INVIMA. A su vez, el INVIMA informa al tribunal que las tales 27.904 solicitudes de registro de medicamentos que ordena resolver no son tales y que, en la práctica, podrían llegar a ser 65 las que tienen relación con desabastecimiento/escasez. Finalmente, ordena el juez al INVIMA y al Ministerio, definir estrategias para facilitar el acceso a la materia prima requerida para la fabricación de medicamentos. Una vez más el tribunal desconoce que la decisión de importar o no, y la cantidad a importar, es una decisión del fabricante, cuando evidentemente se trata de productos de fabricación local. Se olvida de que una fracción importante de los productos desabastecidos o escasos son importados. Las normas solamente definen los requisitos que debe cumplir el importador y las especificaciones de la materia prima en cuestión. Ni el INVIMA ni el Ministerio facilitan o dificultan. Como muchas de las cosas de la salud, estas decisiones se dejan al mercado y a la iniciativa privada. Hacen el ridículo la procuraduría y el tribunal, y traen a la memoria la anécdota aquella de cuando a la entonces Clínica San Pedro Claver del ISS, llegó una orden judicial conminando a la clínica a realizar en el término de 48 horas un trasplante de riñón a un paciente que lo requería. A lo que contestó la Clínica, sírvase señor juez enviar el respectivo riñón. Felicitamos al Gobierno de Colombia y al Ministerio de Salud por haber cumplido la promesa de dar prioridad a la salud sobre los negocios. Aplaudimos la rigurosidad con la que se ha seguido el debido proceso y dado respuesta a todas las observaciones presentadas por los interesados. Nos unimos a las Organizaciones de la Sociedad Civil que aportaron al proceso el sentir de las personas con VIH y, al mismo tiempo, rechazamos las presiones y los ataques al proceso y a los funcionarios.
Las ONG comprometidas con el acceso a medicamentos creímos que con la pandemia, en todos los países del mundo se suspenderían o flexibilizarían los Derechos de Propiedad Intelectual, especialmente las patentes, como lo propusieron India y Sudáfrica. Lamentamos que no haya sido posible, pero recordamos muy bien que este rechazo fue justificado en la OMC por la existencia de las flexibilidades y salvaguardias. Hemos visto con sorpresa cómo, ante la decisión del gobierno de Colombia, han reaparecido argumentos que considerábamos superados, como el cuestionamiento a la calidad de los genéricos, el riesgo de afectar la innovación o la calificación de las Licencias Obligatorias como una expropiación. ¡Rechazamos estas falacias! También esperamos la colaboración a nivel político regional, especialmente de los países con capacidad de producción local para proporcionar ayuda humanitaria al Estado colombiano y a las personas que viven con el VIH. ![]()
Recientemente el Instituto de las Américas publicó el libro titulado Sociedades, crisis y salud pública en Europa, América Latina y el Caribe, publicación que aborda el impacto de la COVID-19 desde diversos aspectos aspectos y distintas partes del mundo.
La Fundación IFARMA participó en la producción de este libro con la edición del capítulo 13, titulado Participación de la sociedad civil en las políticas públicas en salud (página 203). El capítulo, redacción que asumieron Claudia Vargas Peláez -Directora de IFARMA- y Francisco Rossi Buenaventura - Asesor Senior de la organización-, comparte reflexiones desde la experiencia de la sociedad civil colombiana en la pandemia. El Instituto de las Américas es un grupo de interés científico que se creó en 2007 y que hoy lo orienta la Universidad Sorbonne Nouvelle-Paris 3 y el Campus Condorcet. El Instituto promueve el intercambio intelectual a nivel nacional, europeo y mundial sobre los principales temas de investigación que afectan a las Américas. La salud del medio ambiente y su relación con nuestra salud es un tema que debemos asumir.
![]() Una respuesta efectiva de la Organización Mundial de Comercio (OMC) frente a las restricciones que la propiedad intelectual impone para acceder al diagnóstico y al tratamiento de la COVID-19, así como a las vacunas, es la solicitud que más de 200 organizaciones sociales del mundo presentaron a esa entidad multilateral. El pasado mes de febrero, distintas organizaciones enviaron una carta abierta de la sociedad civil a la directora de la OMC, Ngozi Okonjo-Iweala, y a su directora adjunta, Anabel González, en la que expresan su preocupación por la situación que se registra a nivel mundial para dar una respuesta efectiva a la COVID-19, consecuencia de las barreras que impone la propiedad intelectual. La carta abierta de la sociedad civil fue suscrita por Amnistía Internacional, Pan para el Mundo, la Coalición Internacional de Preparación para el Tratamiento (ITPC) y las organizaciones colombianas Fundación IFARMA y Misión Salud, entre otras. |
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