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Noticias desde IFARMA

El acceso a la prevención y al tratamiento de COVID-19 es un asunto de seguridad nacional e internacional.

7/4/2020

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ImagenFotografía: pixabay.com
​
​Bogotá
(South Centre).- Este es el mensaje central del South Centre (SC - Centro del Sur) para la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) y la Organización Mundial del Comercio (OMC).
 
A través de una carta abierta que recientemente el SC envió a los Directores Generales de los tres organizaciones multilaterales, Carlos Correa –Director Ejecutivo del South Centre- señala que para todos los gobiernos y organismos internacionales, el acceso a la salud es una prioridad que se debe garantizar.

La carta hace un llamado para que estas organizaciones mundiales brinden apoyo a los países que lo requieran y que acudan al artículo 73 del Acuerdo sobre los ADPIC, el cual facilita la suspensión de cualquier derecho de propiedad intelectual que represente un obstáculo para la adquisición o fabricación de productos y dispositivos que sean necesarios para proteger a la población.


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Medicamentos para el COVID 19 son de interés en salud pública

2/4/2020

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ImagenFotografía: pixabay
Se otorgan facultades al Ministerio de Salud y Protección Social
y al Instituto de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA)



​Bogotá (MinSalud).- El Ministerio de Salud y Protección Social tiene la facultad para declarar de interés en salud pública los medicamentos, dispositivos médicos, vacunas y demás tecnologías en salud que se requieran para la prevención, diagnóstico y tratamiento del COVID - 19.

Así lo establece el del Decreto Legislativo 476 que expidió el Gobierno Nacional, el 25 de marzo del año en curso, mediante el cual se toman las medidas sanitarias requeridas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, situación que el Gobierno Nacional declaró el 17 de marzo, mediante el Decreto 417 expedido por la Presidencia de la República.

​El Decreto faculta al Ministerio para establecer las medidas de mitigación que se requieran en un eventual desabastecimiento de medicamentos, dispositivos médicos, equipos biomédicos y reactivos de diagnóstico, entre otros, situación que podría presentarse como consecuencia de la pandemia mundial, por la cancelación o suspensión de la cadena de producción y comercialización a nivel mundial.


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