![]() El 28 de mayo de 2020, la Corte Constitucional declaró inconstitucional los dos primeros artículos del Decreto Legislativo 476, a través del cual se daban facultades especiales al Ministerio de Salud y Protección Social y al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA), para enfrentar la emergencia económica, social y ecológica por causa del impacto de la COVID - 19. El fallo de la Corte dio un reversazo a intención del Ejecutivo para facilitar el acceso a las tecnologías en salud que se requieren para tratamiento de esta enfermedad. Una de las medidas más llamativas, que se encontraba en el numeral 1.7 del artículo 1º del Decreto, se refería a la declaratoria de interés en salud pública para los medicamentos, dispositivos médicos, vacunas y otras tecnologías en salud que sean utilizadas para el diagnóstico, prevención y tratamiento de la COVID-19. En esta nota, compartimos nuestro análisis jurídico y opinión respecto del fallo de la Corte Constitucional. Iniciamos este trayecto con un rápido recorrido por los antecedentes del fallo.
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Junio 2022
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