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Opinión

La pandemia y el país de las justas proporciones

26/1/2021

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Por  Félix León Martínez, Presidente de Fedesalud e Investigador Grupo de Protección Social, UNAL 

 
​"Situaciones excepcionales no se pueden manejar con políticas temerosas. Favor colocar un aviso:
​“Se requiere audacia, se suprimen temporalmente las justas proporciones”

 ​Desde finales de los años setenta, hizo fama -al tiempo que se convirtió en objeto de burlas-, una frase de campaña del presidente Turbay, con la que anunciaba reduciría la corrupción “a sus justas proporciones”. Cuarenta años más tarde, llegamos a descubrir que uno de los más reconocidos pensadores del siglo XX, Foucault, señalaba que reducir la criminalidad a sus justas proporciones era, precisamente, entender la nueva forma de gubernamentalidad del Estado, que afirmó el liberalismo económico, a partir de principios utilitaristas.

Es decir, se trata de no desperdiciar esfuerzos, más allá de lo redituable, en cualquier propósito de Estado. Tiene que ver esta máxima, por una parte, con la curva matemática que describe el logro de metas de cobertura en diversos programas y fenómenos sociales, un comienzo de fuerte ascenso y posteriormente una tendencia hacia la horizontalización, que hace que para lograr la cobertura del último 10% de la población o el último 10% de la meta, se requiera tanto esfuerzo como para lograr el primer 90%. Por ello, desde el nacimiento del liberalismo, la racionalidad del Estado moderno no plantea, por ejemplo, eliminar el delito, sino que pregunta cuál es la forma más barata y efectiva para reducir el índice de un determinado delito, como el homicidio, a niveles aceptables.

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COVID-19: sin monopolios durante la pandemia

17/11/2020

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Artículo publicado el 12 de noviembre en el diario Le Temps / Escrito por Ruth Dreifuss y Patrick Durisch*
Traducción al español: Laura Rossi Sarmiento
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​Suiza haría bien en seguir el llamado de la sociedad civil y de la OMS en apoyar la petición de suspensión temporal del Acuerdo sobre los Derechos de Propiedad Intelectual para los productos para la lucha contra la COVID 19, como lo estipulan las reglas de la OMC en situaciones excepcionales, escriben la exconsejera federal y el experto en políticas de salud Patrick Durish.


Una etapa crucial hacia un acceso equitativo a tests diagnósticos, (futuros) tratamientos y vacunas contra la Covid-19 se juega actualmente en la Organización Mundial del Comercio (OMC). Frente a una previsible escasez, India y África del Sur han presentado una petición, a principios de octubre, de una suspensión temporal del acuerdo sobre los derechos de propiedad intelectual (ADPIC) respecto a los productos para la lucha contra la Covid-19, como lo estipulan las reglas de La OMC en situaciones excepcionales.
​
Si bien la Organización Mundial de la Salud (OMS) lanzó iniciativas enfocadas en la solidaridad, como el Covax para las vacunas, estos mecanismos globales se enfrentan a un obstáculo mayor: la propiedad intelectual, que engloba patentes, know how, y datos confidenciales. Ésta impide compartir conocimientos y la rápida multiplicación de plantas de producción de estos bienes médicos  urgentes.

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Más que preocupaciones, expresamos profundas angustias por la forma en que se están manejando nuestras expectativas, esperanzas y desesperanzas.

29/9/2020

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Por Francisco Rossi Buenaventura
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Médicos Sin Marca, una organización que fundamentalmente busca un ejercicio profesional en el ámbito de la salud pública, que se aparte de la modulación de la práctica médica y sanitaria cotidiana por los intereses comerciales y financieros, se ha unido al Grupo Académico de epidemiología clínica y a la Unidad de evidencia y deliberación para la toma de decisiones de la Facultad de Medicina de la Universidad de Antioquia, para expresar, más que preocupaciones, angustias, profundas angustias por la forma en que se están manejando nuestras expectativas y nuestros miedos, nuestras esperanzas y nuestras desesperanzas, ante la novena pandemia que la Organización Mundial de la Salud (OMS) registra y que todo indica que no será la última.
 
Nos preocupa que ante una pandemia que, con mucho, es la consecuencia del modelo de desarrollo, de la carrera por la productividad, la expansión de la conquistas de las fronteras agrícolas y tecnológicas, la maximización de las rentabilidades y las ganancias, con niveles inverosímiles de contaminación y de basura, de desigualdad y un largo etcétera, nuestros esfuerzos se concentren en buscar una tecnología que acabe con el virus y nos permita regresar a la normalidad. Uno se pregunta desde una perspectiva intelectual y ética, que porcentaje de la humanidad estaría de acuerdo en que nunca regresemos a la normalidad, pues la normalidad era el problema. Pero las decisiones sobre la pandemia, no se están tomando de manera transparente ni democrática.
 
Nos angustia además, que ya embarcados en hacer lo que todo el mundo está haciendo, con una participación absolutamente marginal en los centros globales de decisión, estemos dispuestos a sacrificar el respeto por los principios éticos, los derechos humanos, la ciencia y la evidencia.


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La inconstitucionalidad del Decreto Legislativo 476: un fallo que revela una ignorancia imperdonable.

11/7/2020

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El 28 de mayo de 2020, la Corte Constitucional  declaró inconstitucional los dos primeros artículos del Decreto Legislativo 476, a través del cual se daban facultades especiales al Ministerio de Salud y Protección Social y al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA), para enfrentar la emergencia económica, social y ecológica por causa del impacto de la COVID - 19.

El fallo de la Corte dio un reversazo a intención del Ejecutivo para facilitar el acceso a las tecnologías en salud que se requieren para tratamiento de esta enfermedad.

Una de las medidas más llamativas, que se encontraba en el numeral 1.7 del artículo 1º del Decreto, se refería a la declaratoria de interés en salud pública para los medicamentos, dispositivos médicos, vacunas y otras tecnologías en salud que sean utilizadas para el diagnóstico, prevención y tratamiento de la COVID-19.

En esta nota, compartimos nuestro análisis jurídico y opinión respecto del fallo de la Corte Constitucional. Iniciamos este trayecto con un rápido recorrido por los antecedentes del fallo.


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A propósito del COVID: ¿Por qué las licencias voluntarias no benefician a todos?

10/5/2020

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​Antes de relatar el éxito del Medicines Patent Pool en el mundo respecto a la producción de medicamentos genéricos del Dolutegravir (DTG), es necesario saber qué es el Medicines Patent Pool o también conocido por sus siglas MPP.
 
Este es un ente de salud pública respaldado por la Organización de Naciones Unidas (ONU) y financiado por UNITAID, que trabaja con la sociedad civil, la industria, organizaciones internacionales y grupos de pacientes, con el fin de priorizar, pronosticar y licenciar medicamentos que promueven la fabricación de genéricos, facilitando el acceso a medicamentos en países de ingresos medios y bajos.
 
El origen del éxito del MPP en la fabricación de genéricos del DTG, se ubica en abril de 2014, cuando esta organización realizó dos acuerdos de licencia: una respecto de adultos y otra para niños (pediátricos), con el propósito de acelerar la producción y acceso al medicamento en países de ingresos bajos y medios, pues es considerado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como de primera y segunda línea para tratar el VIH; incluso recomienda su uso en mujeres gestantes. Estos acuerdos se han extendido dos veces (2016 y 2018) a países adicionales, y a la fecha han permitido la producción de genéricos del DTG de bajo costo, por lo menos en 94 países para los adultos y en 121 países para el medicamento pediátrico.


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