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COMUNICADO DE PRENSA
Bogotá, marzo de 2026 La Fundación IFARMA respalda plenamente la propuesta presentada por Colombia ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) para renovar la moratoria sobre las denominadas “reclamaciones no basadas en infracción” del Acuerdo sobre los ADPIC, en el marco de la Conferencia Ministerial en curso en Camerún. Esta iniciativa, presentada el 13 de marzo de 2026, es clave para proteger la capacidad de los países en desarrollo de adoptar políticas públicas en áreas como la salud y el acceso a medicamentos. Sin esta moratoria, cualquier Estado podría ser demandado ante la OMC no por incumplir una norma, sino por afectar las expectativas comerciales de terceros, incluso cuando actúa en plena conformidad con el derecho internacional. El caso colombiano ilustra los riesgos de manera concreta: en 2016, el país enfrentó presiones internacionales cuando intentó avanzar en una licencia obligatoria para el medicamento imatinib. Situaciones como esa podrían escalar formalmente si la moratoria desaparece. Al ser el único país que ha presentado formalmente esta propuesta de renovación, Colombia envía una señal clara en defensa del interés público global. Desde IFARMA exhortamos a los demás miembros de la OMC a acompañar esta iniciativa y a avanzar hacia su consolidación como una medida permanente. Apoyar la propuesta de Colombia es defender el derecho de los países a priorizar el bienestar de sus poblaciones.
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El objetivo de la presente nota de prensa, destinada a periodistas, líderes de opinión y comunidad en general, es: (1) Informar sobre la importancia de la licencia obligatoria para el dolutegravir concedida al Ministerio de Salud en Colombia. (2) Respaldar el avance expedito del Ministerio de Salud y Protección Social con la compra del medicamento. (3) Invitar públicamente a AFIDRO y a los titulares de la patente del dolutegravir en Colombia a cesar la presión jurídica que están ejerciendo en contra del proceso. En un esfuerzo significativo por mejorar el acceso a tratamientos efectivos para el VIH en Colombia, el gobierno colombiano, a través del Ministerio de Salud y Protección Social, declaró a finales del año pasado la existencia de razones para declarar como de interés público al dolutegravir (Resolución 1579 del 2 de octubre de 2023 del Ministerio de Salud) y así fue posible que la Superintendencia de Industria y Comercio otorgará una licencia obligatoria sobre la patente de este medicamento(Resolución 20049 del 23 de abril de 2024). Como sociedad civil celebramos vívidamente, en su momento, ambos pasos administrativos, aunque para ser francos, percibimos que el proceso ha sido mucho más lento de lo predecible, a costa de la calidad de vida de quienes se beneficiarán de acceder ya a este medicamento esencial. A comienzos de este mes se cerró la consulta pública del proyecto de resolución que “establecerá los criterios para la compra centralizada, distribución y suministro de los medicamentos antirretrovirales y el seguimiento a las personas que viven con VIH establecidas en la Resolución 1579 de 2023 y se dictan otras disposiciones”. Formulamos votos porque la resolución final se expida e implemente sin más dilaciones y con una propuesta terapéutica y administrativa que favorezca a los grupos poblacionales para quienes el dolutegravir está indicado. Esta medida permitirá garantizar un suministro continuo y accesible de este medicamento para las personas que viven con VIH en Colombia. Al tomar esta decisión, se estaría demostrando el compromiso del Estado con la salud y bienestar de nuestras comunidades, así como con los principios de equidad en materia de salud. Paralelo a toda esta odisea en favor del acceso al dolutegravir en Colombia, tanto Afidro (Asociación de Laboratorios Farmacéuticos de Investigación y Desarrollo) como los titulares de la patente (GSK, VIIV Healthcare Company y Shionogi & Co. LTD.) han entablado actuaciones administrativas y judiciales, a nivel nacional y de la Comunidad Andina de Naciones, en contra de varios de los actos administrativos descritos. Sabemos que en este momento la declaración de interés público del dolutegravir está demandada ante el Consejo de Estado y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca; la Secretaría General de la CAN, por su parte, declaró en junio un reclamo presentado en abril como improcedente. Invitamos pública y cordialmente a las personas detrás de estos litigios a abandonarlos pues, a parte de agregar presión sobre la gestión pública, pueden ser leídos como una muestra de un interés primario por promover entornos monopólicos que aumenten sus ingresos exorbitantes, así sea a costa del bienestar y la vida de las personas que requieren medicamentos esenciales. Las licencias obligatorias son una herramienta legal y legítima consagrada en la normativa internacional de comercio para proteger y priorizar la salud pública. Invitamos fraternalmente a todos los destinatarios de esta nota de prensa a acompañarnos en este llamado cordial a Afidro, GSK, ViiV y Shionogi para que dejen a un lado intereses de lucro mezquinos que afectan negativamente la salud y calidad de vida de personas y a unirnos alrededor del uso de las herramientas que el país tiene a su alcance para servir a la población que necesita el dolutegravir, y poder hacer del buen vivir una realidad para todos en la cotidianidad. #GlaxoViiVAbandonenElCaso #DolutegravirParaTodos #DTGenColombiaYa
Por Stefanía Moreno Sánchez
La salud es uno de los derechos más importantes que tenemos como personas por la directa conexión que tiene con nuestra vida y el pleno disfrute de ella. Sin embargo, el sistema de salud colombiano es deficiente, con graves casos de corrupción, y con pocas garantías.
Un buen ejemplo lo encontramos en el manejo que se le ha dado a la hepatitis C en nuestro país, pues la falta de recursos y su deficiente manejo, y el difícil acceso al tratamiento de la población en zonas vulnerables y la incompetencia que por el momento ha mantenido el gobierno por un poco más de seis años, al dilatar y guardar silencio, son las causas que nos mantienen lejanos de cumplir con el objetivo de la OMS sobre la eliminación de la hepatitis C para 2030 y adicionalmente evidencia lo malo de nuestro sistema de salud. Estados Unidos y la Unión Europea han cambiado de posición frente al Waiver. Y, ¿ahora qué viene?10/5/2021 Por: Claudia Marcela Vargas P. El pasado jueves 6 de mayo, el mundo fue sorprendido por un mensaje de la directora de la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) en el que informó que ese país apoyaba la negociación de la excepción a los derechos de protección de patente para las vacunas contra COVID-19. La noticia causó revuelo entre los gobiernos que ya apoyan esta iniciativa, así como entre las organizaciones (sociedad civil, organismos multilaterales) que han estado abogando ante los países de altos ingresos para que dejen de bloquear el avance de esta discusión en la Organización Mundial del Comercio (OMC). Por Félix León Martínez / Presidente de Fedesalud El Texto propuesto para primer debate, en Sesiones Séptimas Conjuntas, al Proyecto de Ley 10 de 2020 Senado - 425 de 2020 Cámara “Por medio de la cual se dictan disposiciones orientadas a garantizar el Derecho Fundamental a la Salud dentro del Sistema General de Seguridad Social de conformidad con la ley 1751 de 2015 y la sostenibilidad del Sistema de Salud”, incluye un artículo sobre el que pretendemos alertar a todos los ciudadanos, que se podría describir así: De cómo burlar el derecho fundamental a la salud, burlar al mismo tiempo a la Corte Constitucional y la ley Estatutaria, acabar con la seguridad social en salud y la seguridad financiera de las familias colombianas frente a la enfermedad, ampliar mediante esta ley la reforma tributaria y, de contera, dejar minusválida la democracia, al abandonar el Poder Legislativo sus obligaciones y entregar las decisiones sobre el financiamiento y la garantía del derecho fundamental a la salud de los ciudadanos, al libre arbitrio del Ejecutivo y de los intereses privados. He aquí el artículo en cuestión: Artículo 30. Financiación del Plan de Beneficios. El MSPS, en un plazo de dieciocho meses (18) contados a partir de la vigencia de la presente ley, definirá los servicios y tecnologías en salud que, por su alto volumen de prescripción, seguridad y bajo costo se deberán financiar con cargo a la UPC y determinará la forma de financiación de las tecnologías de alto costo y baja frecuencia de uso que no queden financiadas por la UPC. Sobre el impacto del derecho de autor y el acceso al conocimiento: a propósito de Sci-hub.19/4/2021 Por Claudia Marcela Vargas Peláez El pasado 26 de marzo, se llevó el cabo un seminario web “Propiedad intelectual, ciencia abierta y acceso al conocimiento relevante para la salud pública”, que tuvo como protagonista a Alexandra Elbakyan, creadora de la plataforma Sci-hub, una iniciativa de acceso libre al conocimiento que desafía la protección de derechos de autor (copyright). El seminario fue organizado por UAEM Colombia, la Fundación Karisma y la Fundación IFARMA. Normalmente, en IFARMA hemos estado más cerca de los debates relacionados con las barreras de acceso a medicamentos generadas por las patentes y el campo del derecho de autor nos es desconocido. No obstante, la historia de cómo Alexandra llegó a la conclusión de que era necesario generar la posibilidad de acceso abierto a la información científica, puso en evidencia algunas similitudes que existen entre estos dos campos. Por ejemplo, tanto el conocimiento como los medicamentos son considerados bienes sociales, los cuales han sido transformados en bienes de mercado con los cuales empresas privadas se lucran, a pesar del impacto que el monopolio generado por las patentes o los derechos de autor tienen sobre el interés público, como por ejemplo la vulneración del derecho a la salud o el derecho a la educación. “… la intención de resolver la peor pandemia en la historia del género humano de una manera solidaria, equitativa, basada en los valores de la dignidad humana […] fue aplastada por la ambición y el poder del dinero.” El domingo 21 de febrero con el título “Hay que cuidar la esperanza que llegó con las vacunas”, el diario El Espectador* editorializaba con sentido de urgencia la necesidad de defender las vacunas de las falsas noticias y los falsos rumores, que aprovechando la enorme posibilidad de difusión que ofrecen las redes sociales, rondan ese mundo que tanta independencia y tanta pluralidad ha producido, pero al mismo tiempo que ha servido para tanta campaña política, tanta manipulación de la opinión y tanto bullying. Con la intención de contrarrestar los riesgos de campañas contra las vacunas basadas en la explotación de los miedos, especialmente los ‘construidos` sobre la base de truculentas teorías de la conspiración, el editorial recomienda al gobierno el buen uso de la ciencia y el del aparato estatal de comunicaciones para cuidar la esperanza. Y le llama la atención sobre los excesos de utilización política y de imagen alrededor de las primeras dosis de vacunas que, definitivamente, no ayudan. Por Félix León Martínez, Presidente de Fedesalud e Investigador Grupo de Protección Social, UNAL Las diversas y variadas interpretaciones que conocemos, sobre las diferencias en el número de muertes por COVID-19 en los distintos países y regiones del mundo, nos dejan un sabor a pobreza de análisis, que no es fácil de entender transcurrido un año de pandemia y ante la magnitud de la crisis, que ya contabiliza dos millones y medio de muertes. Adicionalmente, el comportamiento de la pandemia se torna más incomprensible cuando las cifras y los variopintos análisis, finalmente son reproducidas por los medios masivos.
Resulta difícil asimilar cómo, transcurridos doce meses de entrevistar expertos a diario, los grandes medios de comunicación no hayan entendido la diferencia entre un número y una tasa. Que no hayan comprendido que los 150.000 muertos por COVID-19 en la India, significan tan sólo 110 muertos por millón de habitantes, mientras que los 55.000 muertos de Colombia se traducen en una tasa de 1.100 muertos por cada millón de ciudadanos, lo que quiere decir que la gravedad de la pandemia en Colombia es diez veces mayor que en la India. Por Félix León Martínez, Presidente de Fedesalud e Investigador Grupo de Protección Social, UNAL "Situaciones excepcionales no se pueden manejar con políticas temerosas. Favor colocar un aviso: “Se requiere audacia, se suprimen temporalmente las justas proporciones” Desde finales de los años setenta, hizo fama -al tiempo que se convirtió en objeto de burlas-, una frase de campaña del presidente Turbay, con la que anunciaba reduciría la corrupción “a sus justas proporciones”. Cuarenta años más tarde, llegamos a descubrir que uno de los más reconocidos pensadores del siglo XX, Foucault, señalaba que reducir la criminalidad a sus justas proporciones era, precisamente, entender la nueva forma de gubernamentalidad del Estado, que afirmó el liberalismo económico, a partir de principios utilitaristas.
Es decir, se trata de no desperdiciar esfuerzos, más allá de lo redituable, en cualquier propósito de Estado. Tiene que ver esta máxima, por una parte, con la curva matemática que describe el logro de metas de cobertura en diversos programas y fenómenos sociales, un comienzo de fuerte ascenso y posteriormente una tendencia hacia la horizontalización, que hace que para lograr la cobertura del último 10% de la población o el último 10% de la meta, se requiera tanto esfuerzo como para lograr el primer 90%. Por ello, desde el nacimiento del liberalismo, la racionalidad del Estado moderno no plantea, por ejemplo, eliminar el delito, sino que pregunta cuál es la forma más barata y efectiva para reducir el índice de un determinado delito, como el homicidio, a niveles aceptables. Artículo publicado el 12 de noviembre en el diario Le Temps / Escrito por Ruth Dreifuss y Patrick Durisch* Traducción al español: Laura Rossi Sarmiento
Una etapa crucial hacia un acceso equitativo a tests diagnósticos, (futuros) tratamientos y vacunas contra la Covid-19 se juega actualmente en la Organización Mundial del Comercio (OMC). Frente a una previsible escasez, India y África del Sur han presentado una petición, a principios de octubre, de una suspensión temporal del acuerdo sobre los derechos de propiedad intelectual (ADPIC) respecto a los productos para la lucha contra la Covid-19, como lo estipulan las reglas de La OMC en situaciones excepcionales. Si bien la Organización Mundial de la Salud (OMS) lanzó iniciativas enfocadas en la solidaridad, como el Covax para las vacunas, estos mecanismos globales se enfrentan a un obstáculo mayor: la propiedad intelectual, que engloba patentes, know how, y datos confidenciales. Ésta impide compartir conocimientos y la rápida multiplicación de plantas de producción de estos bienes médicos urgentes. |
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